indica un artículo con precio GSA.
Los productos Black Box TAA cumplen los requisitos del Acta de Acuerdo de Comercio de los EEUU (TAA), que se promulgó para fomentar un comercio internacional justo y abierto. Se requiere que los productos se ensamblen dentro de los Estados Unidos o en un país autorizado.
Algunos productos Black Box de esta página web están sometidos a las normativas internacionales de tráfico de armas (ITAR), 22 CFR Chapter 1, Subchapter M, y la exportación está estrictamente prohibida sin autorización mediante una licencia emitida por el Departamento Americano de Control de Comercio de Defensa de la Dirección del Estado. Al llevar a cabo una transacción para comprar cualquier artículo restringido por el ITAR, el Cliente certifica que (i) la compra no requiere que Black Box exporte dichos artículos, a menos que Black Box tenga conocimiento de la exportación y haya obtenido la autorización correspondiente del Gobierno de los Estados Unidos; (ii) el Cliente no pretenda exportar dichos artículos una vez recibidos de Black Box sin la correspondiente autorización de exportación del Gobierno de los Estados Unidos; (iii) el Cliente no pretenda exportar, transferir, vender o suministrar el artículo a cualquier persona extranjera, bien sea en otro país o en los Estados Unidos, incluida cualquier embajada en los EEUU, sin la correspondiente autorización de exportación del Gobierno de los EEUU; (iv) el Cliente comprende que una persona extranjera, según ITAR § 120.16 significa "cualquier persona natural que no sea legalmente residente permanente", según se define en 8 U.S.C. § 1101(a)(20) o que no sea un individuo protegido, como se define en 8 U.S.C. § 1324b(a)(3), y puede significar "cualquier corporación extranjera, asociación de negocios, fideicomiso, sociedad o cualquier otra entidad o grupo que no esté incorporada u organizada para realizar negocios en los Estados Unidos, así como organizaciones internacionales, gobiernos extranjeros y cualquier oficina o subdivisión del Gobierno (p.ej. misiones diplomáticas)" (Vea ITAR § 120.16); (v) el Cliente es una persona de los Estados Unidos según se define en ITAR § 120.15, lo que significa que el Cliente es un residente legal permanente de los EEUU, según se define en 8 U.S.C. § 1101 (a)(20), o es un individuo protegido, según se define en 8 U.S.C. § 1324b(a)(3), o es una "corporación, asociación de negocios, asociación, sociedad, fideicomiso u otra entidad, organización o grupo incorporado para realizar negocios en los EEUU o es una entidad de un Gobierno (Federal, Estatal o Local)" (Vea ITAR § 120.15).
Para acceder y obtener más información sobre las normativas ITAR, por favor visite www.pmddtc.state.gov.
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